Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,
Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado 001141/2009-D sobre declaración de concurso de la mercantil "Torredulce 89, S.L.", con CIF B-53662698, se ha dictado auto de fecha 8 de enero de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva.
Acuerdo:
1. Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.
2. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4. Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.
5. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en le artículo 24.
Y para que sirva de publicación en el BOE expido el presente.
Alicante, 8 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.
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