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Documento BOE-B-2013-4518

ALMERÍA

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2013, páginas 6025 a 6026 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-4518

TEXTO

Edicto

En el presente procedimiento Juicio Ordinario 81/2007 seguido a instancias de Cualin Integral frente a Mariano Álvarez Carretero se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Almería a dos de noviembre de dos mil diez.

Vistos por mi, Juan Antonio Lozano López, titular del Juzgado de Primera Instancia número siete de los de Almería con competencia en materia mercantil, los anteriores autos de juicio ordinario, registrados con el número más arriba indicado, en los que fueron partes, Cualin Integral, S.L., como actor, representada por la Procuradora Doña Cristina Ramírez Prieto y asistida por el letrado Don Francisco A. Bonilla Parrón y Don Mariano Álvarez Carretero, como demandado, incomparecido en autos y declarado en situación procesal de rebeldía, en reclamación de cantidad,intereses y costas por acción de responsabilidad social frente a los administradores de la compañías mercantiles,todo atendiendo a los siguientes

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda, presentada por Doña Cristina Ramírez Prieto en nombre y representación de Cualin Integral, S.L., contra Don Mariano Álvarez Carretero,

1. Condeno a Don Mariano Álvarez Carretero al pago de mil cuatrocientos veintiún euros con treinta y cinco céntimos (1421,35 €)

2. Condeno a Don Mariano Álvarez Carretero al pago de de los intereses legales de dicha cantidad desde el día 27 de julio de dos mil uno hasta el pago total de la deuda.

3. Condeno a Don Mariano Álvarez Carretero al pago de ochocientos ochenta y tres con dos céntimos (883,02 €).

4. Con imposición de costas al demandado.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y autos definitivos, dejando testimonio literal de la misma en las actuaciones.

Firme que sea esta resolución,y ejecutado lo acordado, procédase al archivo definitivo de las actuaciones, previas las inscripciones correspondientes en los libros de registro de éste juzgado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación y para resolución por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Almería.

Para interponer recurso de apelación habrá de constituirse deposito de cincuenta euros en al cuenta de depósitos de este juzgado, el mismo día de su presentación o a los dos días siguientes. De no efectuarse el deposito en los plazos indicados, el recurso no se admitirá a trámite. El depósito se devolverá a la recurrente sólo en el caso de que el recurso sea admitido total o parcialmente, según ordene la resolución final del recurso de apelación (Disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial,introducida por la ley orgánica de 1/2009 de tres de noviembre.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Mariano Álvarez Carretero, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Almería, 17 de enero de 2012.- El/la secretario/a judicial.

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