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Documento BOE-B-2013-45182

Resolución del Departamento de Empresa y Empleo, Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, EMO/ /, de 27 de julio, de autorización administrativa y aprobación del proyecto ejecutivo de la red de distribución y suministro de gas natural en la Urbanización de la Beguda alta del término municipal de Sant Llorenç d'Hortons. (exp. DICT08- 00007076-2013).

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2013, páginas 60468 a 60471 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2013-45182

TEXTO

Relación de hechos

1. Con fecha 5 de marzo de 2013, la empresa Gas Natural Distribución SDG, SA, con domicilio en la plaza del gas, 2 de Barcelona, presenta una solicitud de autorización administrativa y aprobación del proyecto ejecutivo de la red de distribución y suministro de gas natural en la Urbanización de la Beguda Alta del término municipal de Sant Llorenç d'Hortons, esta solicitud se acompaña de la siguiente documentación:

a. Proyecto con las características técnicas de la instalación, realizado por el señor Màrius Lledó i Salvador, ingeniero técnico industrial, colegiado con el número 17168 del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Girona, en el que se incluye la Declaración Responsable del técnico competente.

b. Separata para el Ayuntamiento Sant Llorenç d'Hortons y para los Servicios de Vías y Obras de la Diputación de Barcelona.

2. Con fecha 11 de abril de 2013, el Ayuntamiento Sant Llorenç d'Hortons emite informe en el que se especifican las condiciones de ejecución en la vía pública.

3. Con fecha 6 de febrero de 2013, la Gerencia de los Servicios de infraestructuras Viarias y Movilidad de la Diputación de Barcelona, informa favorablemente con condicionantes,

4. El anuncio de información pública sobre la autorización administrativa y la aprobación de proyecto de ejecución de la red de distribución y suministro de gas natural en la Urbanización de la Beguda Alta del término municipal de Sant Llorenç d'Hortons se pública en:

- DOGC núm. 639413, el 11 de junio de 2013

- BOE núm. 158, el 3 de julio de 2013.

- Diario el Punt Avui, el 28 de junio de 2013

5. Con fecha 22 de octubre de 2013, se resuelve otorgar a la empresa Gas Natural Distribución SDG, SA, la aprobación de la modificación del proyecto de ejecución de las instalaciones de gas natural de la red de distribución MOP2 en Masquefa, con la que se conectará la red objeto de esta autorización.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 75 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, establece que están sujetos a autorización administrativa la construcción, modificación, explotación y cierre de las instalaciones de distribución de gas natural.

2. El título IV del Real Decreto 1434/2002, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización,, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, establece los procedimientos de autorización de las instalaciones de almacenamiento, regasificación, transporte y distribución de gas natural.

3. El apartado 3 de la ITC- ICG 01 del Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, aprobado por el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, define las condiciones técnicas para las instalaciones dentro del ámbito de aplicación que establece el artículo 2 del citado Reglamento.

4. Decreto. 120/1992, de 28 de abril (DOGC núm. 1606, de 12.06.1992), por el que se regulan las características que deben cumplir las protecciones a instalar entre las redes de diferentes suministros públicos, que discurren por el subsuelo; la Orden de 5 de julio de 1993 (DOGC núm. 1782, de 11.8.1993), que lo desarrolla.

5. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sobre la base de lo expuesto:

Resuelvo,

Otorgar a Gas Natural Distribución SDG, SA, la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la red de distribución y suministro de gas natural a la Urbanización de La Beguda Alta, en el término municipal de Sant Llorenç d'Hortons, con las siguientes características principales:

Diámetros: PE -110 y PE -63.

Longitud: 609 m y 14 m.

Material: Polietileno de alta densidad.

Presión máxima de servicio: 4 bares.

Presupuesto: 31.894,99 €.

Esta autorización administrativa se otorga sometida a las condiciones generales que prevén la Ley 34 /1998, de 7 de octubre, el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, y bajo las siguientes condiciones especiales y con las características mencionadas en el anexo de esta resolución:

1. Las instalaciones objeto de esta autorización administrativa se realizarán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran en el proyecto presentado por la empresa solicitante, así como las condiciones y características que deben cumplir las protecciones a instalar entre las redes de otros suministros públicos que puedan resultar afectadas por las redes de gas natural incluidos en las instalaciones de gas canalizado objeto de esta autorización, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 120/1992, de 28 de abril, del Departamento de Industria y Energía por el que se regulan las características que deben cumplir las protecciones a instalar entre las.redes de diferentes suministros públicos que discurren por el subsuelo ( DOGC núm. 1606 de 12.06.1992) y el Orden de 5 de julio de 1993, que lo desarrolla ( DOGC núm. 1782 de 08.11.1993).

2. La empresa Gas Natural Distribución SDG, SA, de acuerdo con él artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 73.4 de la Ley 34 /1998, de 7 de octubre y el artículo 82 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de septiembre, constituirá en el plazo de 2 meses, a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC, una fianza por valor de 637,89 €, correspondiente al 2% del presupuesto que figura en la documentación técnica. Esta fianza se depositará en la Caja General de Depósitos de la Generalidad de Cataluña, a disposición del director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, con valores del Estado, aval bancario o en metálico, según lo dispuesto en el artículo 11.3 del Decreto 1775 /1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, o mediante contrato de seguro concertado con entidades de seguros de las sometidas a la Ley 30/1995, de 11 dé noviembre. En el plazo máximo de un mes desde la constitución de la fianza mencionada, la empresa autorizada deberá acreditar documentalmente, ante la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, el depósito efectuado: La fianza se devolverá a la empresa cuando, una vez autorizadas y construidas las instalaciones en los plazos fijados en esta Resolución, la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial formalicé el acta de puesta en servicio de las instalaciones autorizadas.

3. El peticionario comunicará a la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial la fecha de inicio de las obras, la realización de las pruebas y cualquier incidencia relevante, a los efectos de realizar en su caso, las comprobaciones y pruebas necesarias en "relación el cumplimiento de esta resolución.

4. El peticionario deberá solicitar la autorización administrativa correspondiente para realizar cualquier modificación del proyecto aprobado.

5. Esta autorización quedará sin efecto por cualquiera de las causas señaladas en el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, por incumplimiento de las condiciones estipuladas, por facilitar datos inexactos y por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.

6. El plazo para llevar a cabo las instalaciones y su puesta en servicio será de dos años, contados desde la fecha de notificación de esta Resolución.

7. Los cruces especiales y otras afectaciones de los bienes de dominio público se harán de acuerdo con las condiciones técnicas impuestas por los organismos competentes afectados.

8. La presente autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y con. independencia de las autorizaciones, licencias y otros permisos de competencia municipal, provincial u otros que sean necesarios para la realización de las instalaciones autorizadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la fecha de su notificación y publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 5 de noviembre de 2013.- El Jefe del Servicio del Hidrocarburos, Pau de la Cuesta Gonzalez.

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