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Documento BOE-B-2013-45269

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2013, páginas 60575 a 60575 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-45269

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento número 911/2013, NIG número 48.04.2-13/025657, por auto de 8 de noviembre de 2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Maderas San Ignacio, S.L., con NIF B95423588, con domicilio en calle Nemesio Mogrobejo, número 13, Polígono industrial Elorriera - 48015 Bilbao y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao.

La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

Tercero.- Que ha sido designado administrador concursal la entidad Gestión Concursal Integral, S.L.P., con C.I.F. B86326386, quien designa para dicho cargo a don Javier Sánchez Serrano, mayor de edad, economista, con Despacho a efectos de notificaciones en Bilbao, calle Gran Vía, número 42, principal-derecha y dirección electrónica concursos@gestion-concursal.com

Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Bilbao, 8 de noviembre de 2013.- La Secretario Judicial.

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