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Documento BOE-B-2013-45326

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2013, páginas 60634 a 60634 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-45326

TEXTO

EDICTO.

D. José Luis Gutiérrez, Martín, Secretario Judicial del Xdo. do Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este organo judicial con el n.º Sección I, Declaracion de concurso 188/2013-C, y NIG n.º 36038 47 1 2013 0000287, se ha dictado en fecha 19 de julio del 2013 Auto de Declaracion de concurso del deudor Instalaciones de Puertas SL, con CIF n.º B -36.063.261, y domicilio social en calle La Senra, s/n, de Ribadumia, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra en la Hoja Po. 3621, folio 42 del tomo, y libro 1110 de Sociedades, inscripcion 1.ª

2.º Se ha acordado la suspension de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado como Administrador concursal al economista Carlos Figueroa Herreros, con despacho profesional en la calle Andrés Muruais. n.º 8. 3b, 36.001, Pontevedra, e-mail: inper@fbconsultores.eu, para que los acreedores, a su eleccion, efectuen la comunicación de los créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a los previsto en el art. 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la ultima fecha de publicacion de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, a petición de la concursada. Se declara disuelta la entidad concursada, así como el cese de los administradores sociales, que son sustituidos por la administracion concursal. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

Pontevedra, 6 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.

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