Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-45328

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2013, páginas 60636 a 60636 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-45328

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, hago saber:

Que en la Sección I Declaración Concurso 380/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 19 de noviembre de 2013 Auto acordando lo siguiente:

1º.- Declarar el concurso voluntario de la entidad deudora Fokeled, S.L., con CIF B-36999761, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Zona Franca, Área portuaria de Bouzas, Nave 3, Portal 11, 36208, de Vigo (Pontevedra).

2º.- La intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración concursal.

3º.- La administración concursal designada está integrada por el Economista D. Constantino Román Cividanes, con DNI 44076205-V, con domicilio profesional en la calle Augusto García Sánchez, n.º 15, 1.º C, 36001, de Pontevedra; con teléfono n.º 655033382 y correo electrónico romancividanes@economistas.org.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 19 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial,

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid