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Documento BOE-B-2013-45452

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña sobre Resolución de la Secretaria de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de fecha 29 de octubre de 2013, por la que se aprueba el Expediente de Información Pública del proyecto: "Seguridad vial. Mejora de intersecciones y reordenación de accesos. Carretera N-240. P.k. 78+950. Intersección de Margalef. Provincia de Lleida". Clave: 53-L-4190.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2013, páginas 60803 a 60805 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2013-45452

TEXTO

Con fecha 29 de octubre el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por delegación (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio), ha resuelto aprobar el Expediente de Información Pública del proyecto que se referencia, haciendo constar:

1. Que el proyecto "Seguridad vial. Mejora de intersecciones y reordenación de accesos. Carretera N-240. P.k. 78+950. Intersección de Margalef. Provincia de Lleida" con un presupuesto estimado base de licitación (IVA excluido) de 794.223,75 €, contiene los documentos con la extensión y el contenido que su autor ha considerado necesarios para cumplir con lo indicado en el artículo 123 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

2. Que en el proyecto se incluye un anejo con una relación concreta e individualizada en la que se describen los bienes o derechos que se consideran de necesaria expropiación.

3. Que la dirección de las obras corresponde a la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña.

4. Todas las alegaciones presentadas han sido informadas por la Unidad de Carreteras de Lleida. En particular, y con respecto a la alegación presentada por el Ayuntamiento de Torregrossa, la Unidad de Carreteras ha informado que las cuestiones de seguridad, mejora de seguridad y señalización de orientación se encuentran correctamente tratadas en el proyecto.

Y resolviendo:

1. Aprobar el expediente de información pública relativo al proyecto "Seguridad vial. Mejora de intersecciones y reordenación de accesos. Carretera N-240. P.k. 78+950. Intersección de Margalef. Provincia de Lleida" con un presupuesto estimado Base de Licitación (IVA excluido) de 794.223,75 €, con las siguientes prescripciones a considerar en el proyecto de construcción, el cual deberá ser corregido y adaptado de acuerdo con ellas:

1.1. Prescripciones que son resultado de la admisión de alegaciones presentadas en el procedimiento de información pública:

1.1.1. Se modificará la titularidad de las fincas afectadas, lo que se tendrá en cuenta en el procedimiento expropiatorio.

1.2. Prescripciones para corregir aspectos técnicos del proyecto que deben de subsanarse:

1.2.1. Antes de la aprobación del proyecto de construcción se incluirá una certificación en la que el autor del proyecto reconozca cumplir las instrucciones y parámetros de eficiencia que se recogen en la Orden FOM/3317/2010, de 17 de diciembre.

1.2.2. Deberán corregirse las discrepancias en los importes que figuran en el Presupuesto y Cuadros de Precios y calcularse el Presupuesto de Ejecución Material de acuerdo con ellos. Deberán presentar el mismo valor en sus expresiones en cifra y letra.

1.2.3. Deberá proponerse una fórmula de revisión de precios la cual se determinará de acuerdo con lo estipulado en el R.D. 1359/2011, de 7 de octubre (B.O.E. del 26 de octubre de 2011).

1.2.4. En el anejo de Justificación de Precios, deberá corregirse el precio de la unidad "m3 Deposición controlada a centro de reciclaje de residuos de plástico no especiales...", debiendo incluir los costes indirectos.

1.2.5. Deberán corregirse las discrepancias del precio de todas las unidades que, al igual que en el Presupuesto, presentan distinto valor en sus expresiones en cifra y en letra.

1.2.6. Deberá revisarse la formación de la explanada de tipo E3 proyectada, que deberá cumplir lo indicado en la Norma 6.1-IC "Secciones de firme" para el tipo de suelo definido en el estudio geotécnico.

1.2.7. Deberá definirse en el Pliego P.T.P. el tipo de ligante y mezclas bituminosas a emplear.

1.2.8. Independientemente de que el proyecto, en su caso, estudie la localización de canteras, préstamos o vertederos que puedan ser necesarios para la ejecución de las obras, éstas figurarán en el mismo con carácter únicamente informativo.

1.2.9. Deberán corregirse las discrepancias que se observan entre las unidades de obra de los desvíos provisionales indicadas en el anejo de Soluciones al tráfico durante las obras y las unidades que figuran en el capítulo 8 del Presupuesto de Ejecución Material. Asimismo se corregirá la discrepancia existente en cuanto a su forma de abono.

1.2.10. Todas las referencias a la normativa expresadas en el Pliego P.T.P. deberán actualizarse a la actualmente vigente que corresponda en cada caso.

1.2.11. De conformidad con la cláusula 38 del P.C.A.G. para la contratación de obras del Estado, los costes correspondientes a ensayos hasta un importe del 1 % del presupuesto de la obra serán asumidos por el contratista, teniéndose en cuenta el resto del importe en la elaboración del Presupuesto de Inversión (Presupuesto para conocimiento de la Administración).

1.2.12. Deberá justificarse la inclusión en el presupuesto del proyecto de las siguientes unidades:

· U03LLE20 "t Incremento de calidad de regularidad superficial en capa de rodadura".

· U03LLE21 "t Incremento de calidad de los áridos en capa de rodadura".

· U03LLE22 "ud Auscultación de firmes y testimonios".

2. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña la incoación del expediente de expropiación de los terrenos necesarios y que incluya el proyecto referenciado en el Programa de Expropiaciones vigente, dado que es preciso realizar expropiaciones para la ejecución de las obras y en aplicación del artículo 8.1 y 2 de la Ley 25/88, de 29 de julio, "de carreteras", según la redacción dada al mismo por el artículo 77 de la Ley 24/01, de 27 de diciembre, "de medidas fiscales, administrativas y del orden social".

3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 31 y 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante la Sra. Ministra del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Barcelona, 20 de noviembre de 2013.- El Jefe de la Demarcación, Juan Barios Baquero.

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