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Documento BOE-B-2013-46054

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 5 de diciembre de 2013, páginas 61570 a 61570 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-46054

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Hago saber:

Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de Concurso Abreviado 000601/2011-R, de la deudora Negocios Inmobiliarios de Benidorm, S.L., domiciliada en la Urbanización El Planet 22, de Benidorm, con C.I.F. número B-.03306446, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo Mercantil de esta provincia, al Tomo 1.577, Folio 194, hoja A-20329, inscripción 1.ª, en cuyo seno se ha dictado, con fecha 11-11-13, Auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal;

"Parte dispositiva

1.º Se declara la terminacion de la fase común del concurso.

2.º Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso.

3.º Se convoca la Junta de Acreedores.

4.º Consultada la agenda de señalamientos, se pone en mi conocimiento por la Secretaria Judicial, que la Junta de Acreedores se celebrará el próximo 29 de enero de 2014, a las 11.30 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado (Sala n.º 9 sita en la 1.ª Planta), publicándose Edictos en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el BOE, éste último de forma urgente y gratuita, debiendo aportar poder suficiente para la asistencia y voto en la citada Junta.

Modo de impugnación: mediante recurso de Apelación ante este Juzgado (articulo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte dias.

"Esta resolución será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el articulo 197.4.LC.(...)

Firmado y rubricado".

Alicante, 11 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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