El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Almería en su sesión de 30 de octubre de 2013 acordó, de conformidad con el artículo 302 del Real Decreto Legislativo 2/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, declarar el abandono del buque "Berkane", número IMO 7401215, atracado en el Puerto de Almería sin actividad desde el 5 de enero de 2012.
Lo que se publica para general conocimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al haber resultado imposible la notificación de la resolución en el domicilio conocido de la empresa Comarit España, S.L.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, podrán potestativamente, interponerse en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la presente publicación, recurso de reposición ante el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Almería o impugnarse directamente mediante recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la presente publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 43, 109, 116 y 117 de la referida Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición será de un mes, entendiéndose desestimado por silencio negativo en caso contrario.
Almería, 27 de noviembre de 2013.- La Presidenta, Trinidad Cabeo Rodríguez.
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