Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-4661

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2013, páginas 6187 a 6187 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2013-4661

TEXTO

Edicto.

Doña Carmen Alesanco Retana, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 98 de Madrid,

Hace saber: Que se ha dictado sentencia uno de cuyos apartados es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 54/12.

Vistos por don Alfredo del Cura Álvarez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 98 de Madrid, los presentes autos del juicio ordinario de reclamación de cantidad número 453/11 seguidos a instancia de "Jotun Ibérica, S.A.", representada por el Procurador señor Ferrer Recuero, contra "Revocos de Comunidad Madrileña, S.L.", en situación procesal de rebeldía.

Fallo.

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por "Jotun Ibérica, S.A.", representada por el Procurador señor Ferrer Recuero, contra "Revocos de Comunidad Madrileña, S.L.", en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a pagar al actor la suma de 15.050,77 euros más el interés legal determinado en el fundamento jurídico segundo de esta resolución, y todo ello con condena en costas del demandado.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá ser interpuesto en el plazo de veinte días en este juzgado y resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.

La admisión del recurso precisará que, al interponerse, se haya consignado en la oportuna entidad de crédito y en la "Cuenta de Depósitos y Consignaciones" abierta a nombre del Juzgado o del Tribunal, la cantidad objeto de depósito, que para el recurso de apelación son 50 euros, según la Disposición Adicional decimoquinta de la LOPJ introducida por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se notifica a "Revocos de Comunidad Madrileña, S.L.".

Madrid, 11 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid