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Documento BOE-B-2013-4676

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2013, páginas 6202 a 6202 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-4676

TEXTO

Edicto

El Secretario judicial don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.° 6 de Barcelona, hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 820/2012 se ha declarado, mediante auto de fecha 16 de enero de 2013, el concurso voluntario de HOTELES Y RESTAURANTES GARMON, S.L., con N.I.F. B-59056457, y domicilio en Carretera Nacional II, km 645, de Cabrera de Mar (Barcelona), en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado ACASOC 2012, S.L. por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Rambla Catalunya, n.° 18, 6.º de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal hotelesy-restaurantesgarmon@acasoc.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 16 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

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