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Documento BOE-B-2013-46963

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2013, páginas 62712 a 62713 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-46963

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000229/2011 referente al concursado Gestión Técnica de Manutención, S.A., con CIF A60538592 con domicilio en Polígono Industrial El Sud, calle Tres Rieres, 20 de Esparreguera, por auto de fecha 15 de noviembre se ha acordado lo siguiente:

1.- Aprobar el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso de acreedores de la entidad Gestión Técnica de Manutención, S.A., en los términos formulados por la Administración concursal, con las modificaciones siguientes modificaciones:

1- Se tiene por no formulado lo relativo al plan de pagos y gastos prededucibles;

2- Se tiene por no formulado el nuevo inventario de bienes y derechos.

3- La realización de bienes sujetos a privilegio especial se realizara conforme al plan de liquidación y a las modificaciones y precisiones contenidas en el fundamento quinto de esta resolución. La venta de los restantes bienes sera precedida de la búsqueda de la oferta mas favorable, dando a la venta a efectuar la publicidad necesaria para ello, dentro de las posibilidades económicas de la masa.

2.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación de concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LC.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el B.O.E., cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación de concurso con propuesta de resolución.

3.- Dése publicidad a la presente resolución, mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE, de forma gratuita.

Una vez firme la presente resolución, expídase mandamiento al Registrador Mercantil de Navarra, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la inscripción de lo acordado.

4.- Hágase entrega de los despachos al Procurador de la concursada para que cuide su diligenciamiento, cosa que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo de diez días.

5.- Dedúzcase testimonio del informe del Administrador concursal a fin de darle el trámite del art. 61 LC

Pamplona/Iruña, 15 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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