Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-47065

Anuncio de la Subdirección General de Recursos sobre notificación de la resolución recaída en el recurso de alzada número 2012/02187 (Expte. IC-839/2012), formulado por Aedetrans Sociedad Cooperativa, contra la resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre, de fecha 13 de agosto de 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 2013, páginas 62863 a 62863 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2013-47065

TEXTO

Intentada notificación al interesado conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible practicarla tras haberse intentado en el último domicilio conocido por dos veces, a los efectos previstos en el citado artículo por el presente anuncio se notifica a Aedetrans Sociedad Cooperativa, el acto siguiente:

"Esta Secretaría General de Transporte, de conformidad con la propuesta formulada por la Subdirección General de Recursos ha resuelto estimar en parte el recurso de alzada formulado por Aedetrans Sociedad Cooperativa, contra la resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre, de fecha 13 de agosto de 2012, modificando dicha resolución en el sentido de anular las 11 infracciones de obstrucción atenuada y dejar sin efecto las 11 sanciones de 401,00 € correspondientes a las mismas y mantener la infracción por obstrucción de carácter muy grave correspondiente al vehículo 9807-GWP y la sanción de 4.601,00 € impuesta por dicha infracción (Expte. IC-839/2012), resolución que en estos términos, se declara subsistente y definitiva en vía administrativa.

Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con sede en Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.

Las referidas multas deberán hacerse efectivas dentro del plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución, transcurrido el cual sin haber satisfecho la sanción impuesta en período voluntario, se exigirá en vía ejecutiva, según lo establecido en los artículos 146.5 de la LOTT y 215 de su Reglamento de aplicación, incrementada con el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.

Las multas impuestas deberán hacerse efectivas mediante el documento de pago Modelo 069 adjunto."

El texto completo de la citada resolución puede ser solicitado por el interesado en la Subdirección General de Recursos, Paseo de la Castellana 67 (Nuevos Ministerios) 28071 Madrid.

Madrid, 4 de diciembre de 2013.- El Subdirector General de Recursos, Isidoro Ruiz Girón.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid