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Documento BOE-B-2013-47637

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2013, páginas 63602 a 63602 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-47637

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de Ley Concursal (LC), anuncia:

1. Que en el procedimiento número 1376/2013, con NIG 4109142M20130002614 por auto de 22/11/13 se ha declarado en concurso al deudor Promotora Golf Fain, S.L.U., con CIF B-91380584 y domicilio en calle Luis Fuentes Bejarano, n.º 60-7.º, Edificio Nudo Norte, Sevilla, que se tramitará por el cauce ordinario.

2. El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

3. Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a Cuatrecasas Gonçalves Pereira, S.L.P., con NIF B-59942110, con despacho profesional en calle Fernández y González, n.º 2, 3.ª planta, 41001 - Sevilla, Correo electrónico recepcion.sevilla@cuatrecasas.com, tfno 954 501 414, fax 954 212 181, que a su vez a designado al letrado don Eduardo Sánchez-Ramade Carrascosa, con DNI 27.316.519-V, correo electrónico procesoconcursalpgf@cuatrecasas.com, fax 954 562 671, teléfono 954 501 414, 666 30 46 09.

4. El administrador concursal deberá presentar el informe previsto en el artículo 75 dentro de los cinco días hábiles siguientes a que expire el plazo de dos meses, contado a partir de la aceptación del cargo o desde la publicación de la declaración del concurso en el BOE, a elección del administrador concursal, teniendo en cuenta para ello el interés y la buena llevanza del concurso.

5. Llámense a los acreedores de la concursada, para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 a los administradores concursales la existencia de sus créditos. La comunicación se realizará directamente al administrador concursal, bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. "En ningún caso tendrán valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado". Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la publicación de la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores, donde se hará constar expresamente la entrega directa de los créditos a la misma, facilitando todos los datos de contacto.

6. Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado

Sevilla, 28 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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