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Documento BOE-B-2013-48256

VIGO

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2013, páginas 64453 a 64453 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-48256

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra,

Hago saber: Que en la Sección I, declaración concurso 230/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 5 de diciembre de 2013 Auto acordando lo siguiente:

1.º Declarar el concurso necesario ordinario de la entidad deudora Grupo JCA Hormigones, S.A., con CIF A-36851962, cuyo domicilio social se encuentra en la calle San Francisco, n.º 9, bajo, 32400 de Ribadavia (Ourense).

2.º La intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la administración concursal.

3.º La administración concursal designada está integrada por la sociedad profesional GDP Concursal, S.L.P., con CIF B-74335993, y domicilio a efectos de notificaciones en el "Centro de Negocios Vigo", plaza de Compostela, n.º 23, 36201 de Vigo (Pontevedra), teléfono 985271666, fax 985034379 y correo electrónico grupojcahormigones@gdpconcursal.com.

4.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte, y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 5 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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