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Documento BOE-B-2013-48492

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 2013, páginas 64749 a 64749 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-48492

TEXTO

Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 935/2013, habiéndose dictado, en fecha 5 de diciembre de 2013, por el Ilmo./a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Se decreta la conclusión del concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 935/2013, promovido por el Procurador Sr. Ucles Muñoz, Francisco Javier, en nombre y representación de la mercantil Delpuerto Estudios y Proyectos, S.L., y el archivo de las actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Juan Bataller Grau, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Delpuerto Estudios y Proyectos, S.L., con C.I.F. B-97444780, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

Valencia, 5 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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