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Documento BOE-B-2013-48494

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 2013, páginas 64751 a 64751 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-48494

TEXTO

Doña Cristina María Valero Doménech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 868/12, habiéndose dictado en fecha 3/12/2013 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva

Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo en número de procedimiento 868/12, promovido por el Procurador Sr. Bonacasa Forés, Eduardo Facundo, en nombre y representación de la mercantil Vicente Carboneres García, y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal doña Mónica Fernández Noche, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda expedir mandamiento al Registro Civil de la localidad de Valencia acompañando testimonio de la resolución firme, para la anotación marginal de la presente resolución en el tomo 19, página 301 de la sección 1.ª, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de los solicitantes del concurso Sr. Bonacasa Forés, Eduardo Facundo a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión sin dilación, bajo legales apercibimientos, procediendo a su publicación en el BOE gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado.

Llévese el original al libro de autos definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la sección 2.ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Valencia, 3 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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