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Documento BOE-B-2013-48586

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 24 de diciembre de 2013, páginas 64916 a 64916 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-48586

TEXTO

Edito dando publicidad a la declaración de concurso.

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía deles Corts Catalanes, n.º 111: Edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto.-Concurso voluntario 739/2013 13.

Tipo de concurso.-Voluntario.

Entidad Instante del Concurso y NIF.-Depurnord, S.A., A59332536.

Fecha del auto de declaración.-25 de noviembre del 2013.

Administradores concursales.-La mercantil Ojeda Economistes, S.L.P., con NIF B65464141, la cual ha designado a Don José Carlos Ojeda Arnal, con DNI 38108085Y, domiciliados en C/ Sant Antoni María Claret, 71, 1.º, 1.ª Barcelona, como Economista, con correo electrónico: ojeda@economistes.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de las facultades de la concursada: Intervención.

Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración cocursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 2 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

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