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Documento BOE-B-2013-48758

VALVERDE

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 26 de diciembre de 2013, páginas 65162 a 65163 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2013-48758

TEXTO

Edicto del Secretario Judicial don Carlos Sobrino Barranco.

En el juicio que se tramita en este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Valverde de el Hierro con el número 293/2012 a instancia de D.ª Anita del Rocío Chávez Cobos, contra D. Berlitz de Jesús Salazar Briones (declarado en situación procesal de rebeldía), se ha dictado sentencia de guarda custodia y alimentos n.º 69/2013, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

En Valverde, a 7 de noviembre de 2013.

S.S.ª doña Estrella Monleón Herrera, Juez de Primera Instancia n.º 1 de Valverde y su partido, habiendo visto los presentes autos en virtud de demanda de guarda, custodia y alimentos, registrados bajo el número 293/2012, promovidos por doña Anita del Rocío Chávez Cobos, representada por la Procuradora doña Irma Amaya Correa (por compañera la habilitada doña Marianela Zamora Padrón), y defendida por la Letrada doña Yurena Rodríguez Afonso (por compañera doña Tamara Conde), contra don Berlitz de Jesús Salazar Briones, en situación procesal de rebeldía, siendo parte el Ministerio Fiscal.

Fallo: Que, estimando parcialmente la demanda presentada por doña Anita del Rocío Chávez Cobos, representada por la Procuradora doña Irma Amaya Correa (por compañera la habilitada doña Marianela Zamora Padrón) y defendida por la Letrada doña Yurena Rodríguez Afonso (por compañera doña Tamara Conde), contra don Berlitz de Jesús Salazar Briones, en situación procesal de rebeldía, siendo parte el Ministerio Fiscal, se acuerda:

1.º Establecer la patria potestad compartida para ambos progenitores.

2.º Conceder a la madre doña Anita del Rocío Chávez Cobos la guarda y custodia del menor.

3.º No se establece régimen de visitas a favor del padre.

4.º Se atribuye el uso del domicilio familiar a la madre.

5.º En concepto de pensión alimenticia don Berlitz abonará a doña Anita del Rocío la suma de 100 euros mensuales por el hijo menor, por meses anticipados, en doce mensualidades al año y dentro de los cinco primeros días de cada mes a partir de la fecha de la presente sentencia. Dicha suma será actualizada con efectos de primero de enero de cada año con arreglo al porcentaje de variación experimentado por el índice general de precios al consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya.

Igualmente, don Berlitz sufragará la mitad de los gastos extraordinarios que se produzcan durante la vida del hijo menor de edad, tales como operaciones quirúrgicas, largas enfermedades y análogas, previa notificación del hecho que motiva el gasto y el importe del mismo para su aprobación y, en caso de desacuerdo, resolvería el Juzgado.

6.º No se hace especial pronunciamientos sobre las costas causadas.

Contra la presente sentencia cabe interponer Recurso de Apelación en este Juzgado en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente a la notificación.

Por esta Sentencia lo acuerdo, mando y firmo.

Valverde de el Hierro, 13 de diciembre de 2013.- Secretario Judicial.

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