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Documento BOE-B-2013-48775

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 26 de diciembre de 2013, páginas 65180 a 65180 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-48775

TEXTO

Doña Natalia Ramos Laín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo mercantil n.º 3 de Barcelona.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 806/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Soberal, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 806/2013 sección C2.

NIG del procedimiento.- 6114/2013.

Entidad concursada.- Soberal, S.L., con CIF nº B-08712937.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 22.11.2013.

Administrador/es concursales.- Ignacio Alonso-Cuevillas Fortuny, con domicilio en C. Muntaner, 240, ppal. 1ª, 08021 Barcelona, tel. núm. 932404011, fax núm. 932404012 y correo electrónico concursosoberal@dpmabogados.es.

Facultades del concursado. -Intervenido

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que se afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos. o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 27 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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