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Documento BOE-B-2013-48818

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 26 de diciembre de 2013, páginas 65223 a 65223 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-48818

TEXTO

Doña Esther Saez-Benito Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 797/2013, por auto de fecha 12/12/13 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor "Distribución de Electrodomésticos Centro, S.A.", con domicilio social en la calle Jarama, 23, Toledo CIF:A-45203346, inscrita en el Registro Mercantil de Toledo, Tomo 434, Folio 93, hoja TO-4637 cuyo centro intereses principales lo tiene en dicho domicilio.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un Mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado.

Lugar para tal comunicación: 1.- por correo ordinario a la dirección: "Administración concursal del concurso de "Distribución de Electrodomésticos Centro, S.A.":Att. de Pentalegis, S.L.P., calle Alcalá, 114, 3.º B, 28009-Madrid.

Dirección de correo electrónico para tal comunicación:info@pentalegis.com

Para el caso que de que algún crédito fuera presentado en el juzgado, se tendrá por no comunicado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5º.- Se abre la fase de Liquidación que se encabezará con el testimonio del auto de declaración, quedando en suspenso las facultades del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

Madrid, 12 de diciembre de 2013.- Secretaria Judicial.

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