Cédula de notificación.
Don Guzmán Eliseo Savirón Díez, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife,
Hago saber: Que en el procedimiento concursal número 63/10, de la entidad "Serviges Cantabria, Sociedad Limitada", se ha dictado auto cuyos puntos principales de la parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
"... Acuerdo:
Procede la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones.
Notifíquese al Administrador concursal y por medio de Procurador a las partes personadas, publíquese en el "Boletín Oficial del Estado" el correspondiente edicto, artículo 23 Ley Concursal.
Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor y el cese de la administración concursal. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil, a fin de proceder el cierre de su hoja de inscripción -artículo 24 Ley Concursal-.
Se aprueba la rendición de cuentas del Administrador concursal.
Modo de Impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo dispone, manda y firma doña Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe…"
Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita (de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto-ley 3/2009, del 27 de marzo), en el "Boletín Oficial del Estado", extiendo y firmo la presente.
Santa Cruz de Tenerife, 20 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial.
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