Yo, Doña María Luisa Lorén Rosas, Notario del Ilustre Colegio de Aragón, con residencia en Zaragoza, hago saber:
I.- Que ante mí y a instancia de "Banco Español de Crédito, S.A.", se han iniciado los trámites para la venta extrajudicial por medio de subasta, contra César Orlando Correa Herrera y Ana Lucía Molina Maigua sobre la siguiente finca hipotecada:
Urbana.- En el Edificio sito en Zaragoza en la calle Florián Rey, número 3, el piso tercero número 2, tipo B. En la tercera planta alzada. Tiene una superficie útil de unos cincuenta y dos metros setenta y un decímetros cuadrados. Linda: frente, rellano de la escalera y piso tercero número 1; derecha entrando, piso tercero número 3; izquierda, piso tercero número 1 y calle Eugenia Bueso; y espalda, con patio de luces lateral y finca de Ángel Escoriaza y otros. Le corresponde una participación en el valor total del inmueble de tres enteros, sesenta y cinco milésimas por ciento.
Inscrito al tomo 4.500, libro 378, folio 213, finca número: 5.392, del Registro de la Propiedad Zaragoza-Siete.
II.- Que, conforme a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 6/2012 de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, procedo a anunciar la realización de una única subasta, cuyas bases son las siguientes:
1º.- Lugar, día y hora.- Se celebrará en mi despacho notarial en la calle Albareda, número 1-B, 2º A, de Zaragoza, el próximo día veintidós de marzo de dos mil trece, viernes, a las 11.00 horas de la mañana, al tipo del precio tasado en la escritura de constitución de la Hipoteca, por 206.500,00 euros.
2º.- Para tomar parte en la subasta, los licitadores, deberán consignar en la Notaría una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo, que corresponda.
3º.- Documentación y advertencias.- La documentación y la certificación del Registro a que se refieren los artículos 236-a y 236-b del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la propia Notaría; se entenderá que todo licitador, por el solo hecho de participar en la subasta, acepta como suficiente la titulación existente; las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, continuarán subsistentes.
4º.- La subasta se efectuará en la forma que determina el Real Decreto ley de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos y en lo que no fuera compatible, por el artículo 236 del Reglamento Hipotecario.
Zaragoza, 6 de febrero de 2013.- Notario de Zaragoza del Ilustre Colegio de Aragón.
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