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Antonio Navarro Cremades, Notario del Ilustre Colegio de Murcia, con residencia en Abarán,
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Abarán, Avenida de la Constitución, número 13-Bajo, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria y artículo 12 del Real Decreto 6/2012 de 9 de marzo, de la siguiente finca:
Urbana: Vivienda en la planta tercera, en el edificio sito en Abarán, calle Colón, número 13, que ocupa una extensión superficial de ochenta y seis metros cuadrados (86 m²). Linda: derecha entrando, otra finca de Heliodora Yelo Tornero; izquierda, calle de Colón; espalda, el departamento número cuatro; frente, pasillo que separa de otra de herederos de Desideria Cobarro Carrasco.
Cuota: Diecisiete enteros por ciento.
Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Cieza número tres al tomo 1.073, libro 207, folio 80, finca 11.939, 5.ª.
Referencia Catastral: 0402616XH4300A0003UF.
Titulo: Le pertenece a don Hassan Lamkharbach la finca descrita por compra que hizo en estado de soltero, a don Justo García Gómez y esposa doña María Vicenta Pizarro Rus, en escritura otorgada en Murcia, ante su Notario don Agustín Navarro Núñez, el día 21 de noviembre de 2.006, número 6.737 de protocolo.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría la única subasta el día 26 de marzo de 2.013, a las diez horas, siendo el tipo base pactado en la escritura de constitución de cien mil setecientos treinta y dos euros con veintiocho céntimos (100.732,28 euros).
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la notaria de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, si lo hubieren, continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta, salvo el acreedor, una cantidad equivalente al 30% del tipo de subasta mediante cheque bancario a nombre del notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo podrán hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Abarán, 6 de febrero de 2013.- Antonio Navarro Cremades, Notario.
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