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Documento BOE-B-2013-5506

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2013, páginas 7260 a 7260 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-5506

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración del concurso

D. Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, 12.ª planta.

Numero de asunto.- Concurso voluntario 860/2012 5.ª

Tipo de concurso.- Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.- U.T.D Tres, S.L., B60941929.

Fecha de auto de declaración.- 21 de diciembre del 2012.

Administradores concursales.- D. Mercedes Esquerrá Andreu, con NIF 46729078R, domiciliada en Barcelona, C/ Sant Elies, 11-19, Despacho 38, como economista, con correo electrónico utdtres.acreedores@gmail.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 16 de enero de 2013.- El Secretario judicial.

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