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Documento BOE-B-2013-5509

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2013, páginas 7263 a 7263 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-5509

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 964/2012, referente al concursado Grúas Tegón, S.L., con C.I.F n.º B- 95242434, por auto de fecha 15/01/2013 se ha acordado lo siguiente:

1.-Declarar finalizada la fase común y abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.-Se ha declarado disuelta la Mercantil, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.-La misma resolución ha acordado que en el plazo de quince días, computados desde la notificación de la resolución, la adminsitración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

5.-Una vez se aprueba el plan de liquidación fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso( artículo 163.1.2º de la LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

6.-Si la administración concursal pretendiera realizar operaciones de activo o de pasivo sin esperar a la conclusión de la impugnaciones promovidas, bien frente al inevntario, bien frente a la lista de acreedores o respecto de créditos contra la masa, deberá pedirse autorización judicial con propuesta de adopción de medidas concretas para asegurar los derechos de los impugnantes.

Bilbao, 15 de enero de 2013.- El/la Secretario Judicial.

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