Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 964/2012, referente al concursado Grúas Tegón, S.L., con C.I.F n.º B- 95242434, por auto de fecha 15/01/2013 se ha acordado lo siguiente:
1.-Declarar finalizada la fase común y abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.-Se ha declarado disuelta la Mercantil, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.-La misma resolución ha acordado que en el plazo de quince días, computados desde la notificación de la resolución, la adminsitración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
5.-Una vez se aprueba el plan de liquidación fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso( artículo 163.1.2º de la LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
6.-Si la administración concursal pretendiera realizar operaciones de activo o de pasivo sin esperar a la conclusión de la impugnaciones promovidas, bien frente al inevntario, bien frente a la lista de acreedores o respecto de créditos contra la masa, deberá pedirse autorización judicial con propuesta de adopción de medidas concretas para asegurar los derechos de los impugnantes.
Bilbao, 15 de enero de 2013.- El/la Secretario Judicial.
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