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Documento BOE-B-2013-6046

VIGO

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 16 de febrero de 2013, páginas 7916 a 7916 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-6046

TEXTO

Doña M.ª Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente,

Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 12/2103, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 5 de febrero de 2013 Auto acordando lo siguiente:

1.º Declarar el concurso voluntario de la entidad deudora Mosrey, S.L., con CIF 27.723.832, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Avda. Aeropuerto, n.º 772-IFEVI, de Vigo.

2.º Abrir la fase de la liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

3.º La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la administración concursal.

4.º El administrador concursal designado es el economista D. Jorge Borrajo Dios, con DNI 32.797.189-V, con domicilio a efectos de notificaciones en su despacho profesional sito en calle Colon, nº 20-bajo, de Vigo, y correo electrónico administracionconcursal@borrajoprego.com.

5.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración Concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 5 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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