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Documento BOE-B-2013-6144

Anuncio de la Notaría de D. Rafael Unceta Morales, de Pamplona, sobre subasta Notarial.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 16 de febrero de 2013, páginas 8054 a 8054 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-6144

TEXTO

D. Rafael Unceta Morales, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Navarra con residencia en Pamplona,

Hago saber: Que en esta Notaría a mi cargo, sita en calle Emilio Arrieta, 2, 1.º D, Pamplona, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca:

Vivienda o piso cuarto derecha de la casa número dos de la calle Ferrocarril de Pamplona, Barrio de la Rochapea, de 77,06 metros cuadrados, unidad urbana 13, parcela 960, polígono 7 de Pamplona.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número uno de Pamplona, tomo 1096, folio 122, como finca número 4517.

La subasta se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible por el Reglamento Hipotecario.

Tendrá lugar en esta Notaría, el día 25 de marzo de 2013 a las 10,00 horas, siendo el tipo base el de ciento ochenta mil doscientos euros, pactado en la escritura de constitución de hipoteca.

Será única subasta (artículo 12 del citado RDL 6/2012).

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículo 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en esta Notaría de lunes a viernes, de nueve a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría mediante cheque bancario a nombre del Notario, o mediante depósito en la cuenta número 2100 3693 21 2101009660, una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo de subasta. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior, podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Pamplona, 6 de febrero de 2013.- El Notario.

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