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Documento BOE-B-2013-6609

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2013, páginas 8649 a 8649 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-6609

TEXTO

Edicto.

Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio Concurso abrev. 113/2012.

Concursada: Garay Etxea, Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Sobre declaración de concurso.

En el procedimiento de referencia se ha acordado la publicación del presente edicto, por resolución de fecha 8 de febrero de 2013, cuya parte dispositiva dice:

Acuerdo:

1. Aprobar el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa. En lo que no estuviere previsto, se seguirán las reglas legales supletorias recogidas en el art. 149 LC.

Acuerdo la cancelación de los embargos trabados sobre la finca n.º 5013, inscrita en el Registro de la Propiedad de Ramales de la Victoria, al tomo 414, libro 85, folio 102.

2. Recordar a la Administración Concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.

3. En caso de suspenderse las operaciones de liquidación con motivo de las impugnaciones del inventario o de la lista de acreedores, se podrá requerir a los impugnantes para que presten una caución que garantice los posibles daños y perjuicios por la demora.

4. Inscríbase la Aprobación del Plan de Liquidación en el Registro Mercantil (art. 24 LC).

5. Fórmese la sección sexta que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración de concurso y del informe del Administrador Concursal (artículo 167.1 LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución acordando la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

El edicto se fijará en el "BOE", en el Registro Público Concursal y Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23 LC) preferentemente por vía telemática.

La publicación en el "Boletín Oficial del Estado" tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

6. Notificar la presente resolución al deudor y a los acreedores personados.

Bilbao, 11 de febrero de 2012.- El/la Secretario Judicial.

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