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Documento BOE-B-2013-6840

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 2013, páginas 8922 a 8922 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-6840

TEXTO

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000079/2012, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Iballa María Ortega García, en nombre y representación de D./Dña. Juan Carmelo Álamo Valencia, se ha dictado Auto el día 18/12/2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D./Dña. Juan Carmelo Álamo Valencia, con DNI n.º 78470185, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. Mario Coello Rivero como abogado que señala que la ofina o despacho donde desempeñara su cargo, es la Calle Reyes Católicos, n.º 47, 2.ª planta, puerta n.º 1, 35001 Las Palmas de Gran Canaria, con teléfono n.º 928.33.91.25, móvil 649795836, fax, 928.33.91.08, y dirección de correo electrónico, mcoelloabogado@gmail.com, en cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley, haciéndoles saber que los créditos se remitirán directamente al Administrador Concursal, y que los que se remitan al Juzgado serán devueltos al remitente.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

D./Dña. Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado-Juez D./Dña. Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que este no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 8 de febrero de 2013.- Secretaria Judicial.

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