Edicto
El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil de Tarragona, por el presente hace saber:
Que en los autos de concurso voluntario de la mercantil Marbres Alonso, S.L. (CIF: B-43401256), seguidos en este Juzgado con el n.º 278/2012, se ha dictado en fecha 28 de enero de 2013, auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Decido
Declarar la conclusión del concurso 278/2012, en el que figuraban como concursada Marbres Alonso, S.L., al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos bastantes en el concurso con los que satisfacer a los acreedores.
Contra este auto no cabrá recurso alguno.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los deudores subsistentes.
Los deudores quedarán responsables del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Se acuerda la inscripción pertinente en el Registro Civil, en la hoja correspondiente a las personas concursadas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo Juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.
Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil número 1 de Tarragona. Doy fe.
Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Reus.
Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en
Tarragona, 12 de febrero de 2013.- Secretario Judicial.
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