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Documento BOE-B-2013-7090

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 23 de febrero de 2013, páginas 9442 a 9442 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-7090

TEXTO

Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 738/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Eryx Empresa Constructora, S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 738/2012 Sección C4.

NIG del procedimiento.- 0801947120128004030.

Entidad concursada.- Eryx Empresa Constructora, S.A., con CIF nº A61901955.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 07/12/2012.

Administrador/es concursal/es.-Doña Marta Eva Rabanal González (Economista), como Administrador concursal único, con correo electrónico marta.rabanal@rabanaleconomista.com

Facultades del Concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al Art. 85 LC.-Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 23 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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