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Documento BOE-B-2013-7092

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 23 de febrero de 2013, páginas 9444 a 9444 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-7092

TEXTO

Edicto.

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mecantil número 2 de los de Barcelona y Provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 47/2013-BR en el que se ha dictado con fecha 31/01/2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad Proactiva Bcn La Marina, S.A., con CIF A-64539554 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del Procedimiento: 08019 - 47 - 1 - 2012 - 8004897.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la Intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Proactiva Bcn La Marina, S.A., con domicilio en Avda. Diagonal, número 550 ppal. 2.ª de Barcelona.

Administrador concursal: La empresa Bufete Marroquín Abogados y Economistas, S.L.P., que designa como persona física a Ignacio Marroquín Sagales, con domicilio en c. Borí i Fontestà, n.º 6, 5.º, 08021 Barcelona con correo electrónico concursal@bufetemarroquin.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio, También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesitad de personarse.

Barcelona, 11 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.

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