Edicto
Notificación Sentencia
En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 2363/2011, seguido a instancia de CP Casa Luxor, frente a don Alfred Derek Alfred se ha dictado Sentencia, cuyo tenor literal de su encabezamiento y fallo es el siguiente:
Sentencia n.º 165/2012
En Almería, a seis de noviembre de dos mil doce.
El/La Sr./Sra. D./Dña. Ana de Pedro Puertas, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Almería y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal (250.2) 2363/2011 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante la Comunidad de Propietarios Casa Luxor, con Procurador/a D./Dña. José María Saldaña Fernández, y Letrado/a D./Dña. María del Mar muñoz Rivera; y de otra como demandado D./Dña. Alfred Derek Alfred, en rebeldía procesal, sobre reclamación cantidad-cuotas comunidad, y en base a los siguientes,
Fallo:
Que estimando la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios Casa Luxor, con Procurador/a D./Dña. José María Saldaña Fernández, frente a D./Dña. Alfred Derek Alfred, en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a don Alfred Derek Alfred a pagar a la actora la cantidad de 1.793,36 euros, más intereses legales desde el 29/7/2011 y con imposición de costas al demandado.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Esta sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso alguno conforme al art. 455.1 de la LEC, al no exceder de 3.000 euros la cuantía de la demanda (Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, BOE 11 de octubre de 2011), días hábiles ante la Audiencia Provincial de contados desde el día siguiente de la notificación.
Así lo acuerda, manda y firma D.ª Ana de Pedro Puertas, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Almería.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Almería.
Y encontrándose dicho demandado, don Alfred Derek Alfred, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
Almería, 7 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.
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