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Documento BOE-B-2013-8068

PARIS

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 2013, páginas 10724 a 10725 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-8068

TEXTO

El Tribunal de Comercio de París, tras la correspondiente deliberación, y tras haber informado del procedimiento al Ministerio Fiscal,

Resolviendo en virtud del principio contradictorio y en primera instancia,

Decide abrir un procedimiento concursal al que quedará sujeto:

La Sociedad Limitada RetailValuation Ibérica.

Domicilio social: Calle Mayor, 3, segundo izquierda, 28013 Madrid.

Actividad: Tasaciones Inmobiliarias de Activos de Comercio.

No inscrita en el Registro Mercantil y de Sociedades de París.

Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid NIF: B85795060.

Nombra al Señor Jourdan Juez titular para conocer del presente procedimiento.

Nombra al Señor Jacques Swiderski Juez suplente para conocer del presente procedimiento.

Nombra administrador judicial a don Henri Chriqi, con domicilio en 60, rue de Londres 75008 París, con la misión de asistir al deudor en todos los actos relativos a la gestión de la empresa, pudiendo ejercer además todas las facultades que le atribuye la ley.

Nombra mandatario judicial a la Sociedad Civil Profesional B.T.S.G., y más concretamente al miembro de ésta don StéphaneGorrias, con domicilio en 3 rueTroyon, 75017 París.

Nombra interventor judicial a la Sociedad Civil Profesional Allemand - Nguyen, con domicilio en 15 rue de la GrangeBateliere 75009 París, para que realice el inventario y la valoración previstos en el artículo L.622-6 del Código de Comercio. Determina que dicho inventario deberá presentarse tres semanas después de la fecha de la presente sentencia.

Fija provisionalmente la fecha de suspensión de pagos en el 11 de octubre de 2012.

Invita al Comité de Empresa o, en su defecto, a los delegados del personal o a los empleados, si los hubiera, a que nombren a un representante dentro de la empresa, de acuerdo con lo previsto en los artículos L.621-4 y L.621-6 del Código de Comercio.

Determina que el plazo de declaración de créditos concedido a los acreedores sea de dos meses desde la fecha de publicación de la presente sentencia en el Diario Oficial de Anuncios Civiles y Mercantiles.

Determina que el plazo de presentación de la relación de créditos por el mandatario sea de 12 meses desde la fecha de publicación de la presente sentencia en el Diario Oficial de Anuncios Civiles y Mercantiles.

Declara que la presente sentencia es ejecutoria de pleno derecho.

París, 24 de octubre de 2012.- La Presidenta, Señora Maeght. La Secretaria Judicial, la Señora Gougelet.

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