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Documento BOE-B-2013-8213

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2013, páginas 10912 a 10912 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-8213

TEXTO

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Voluntario n.º 6/2013, habiéndose dictado en fecha once de febrero de dos mil trece por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Cooperativa Agrícola Valenciana La Unión de Silla S. Coop. Ltda. con domicilio en Camino Vell de Russafa, s/n., Silla (Valencia) y CIF n.º F-46027249, inscrita al Registro de Cooperativas del Ministerio de Trabajo con el número 11.475, en el Registro de Cooperativas de la Consellería de Trabajo y Seguridad Social de la Generalitat Valenciana, con el expediente CV-579, y reconocida como O.P.H con el número 66.

Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Se ha nombrado administrador concursal a don Xavier Sierra Parra con domicilio en la Plaza Carbó, 8-1.º, Alzira (Valencia) y correo electrónico xavier@sierra.com.es.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de Un Mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el articulo 85 de la Ley Concursal.

Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 11 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

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