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Documento BOE-B-2013-8413

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2013, páginas 11176 a 11176 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-8413

TEXTO

Edicto.

El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil de Tarragona, por el presente,

Hace saber: Que en los autos de concurso voluntario de la mercantil "Promociones Ferreres i Salvado, S.L." (CIF: b43374735), seguidos en este Juzgado con el n.º 431/2012, se ha dictado en fecha 28 de enero de 2013 auto de conclusión del concurso cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Decido:

Declarar la conclusión del concurso 431/12, en el que figuraban como concursada "Promociones Ferreres i Salvado, S.L.", al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos bastantes en el concurso con los que satisfacer a los acreedores.

Contra este auto no cabrá recurso alguno.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los deudores subsistentes.

Los deudores quedarán responsables del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda la inscripción pertinente en el Registro Mercantil, en la hoja correspondiente a la concursada, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Amposta.

La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo Juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en

Tarragona, 20 de febrero de 2013.- Secretario Judicial.

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