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Documento BOE-B-2013-8676

Anuncio de la Notaría de don Tomás Sobrino González sobre celebración de subasta extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2013, páginas 11525 a 11526 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-8676

TEXTO

Yo, Tomás Sobrino González, Notario del Ilustre Colegio de La Rioja, con residencia en Logroño y domicilio en calle General Vara de Rey, n.º 5 bis bajo,

Hago saber: Que en mi Notaría se tramita venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Vivienda o piso cuarto izquierda, tipo J) en planta cuarta izquierda, tipo J. Ocupa una superficie útil de 66,70 m² y construida de 80,40 m². Linda: Norte, piso derecha tipo I), caja de escalera y patio de luces; Sur, finca de Auto Moriz, S.A.; Este, caja de escalera y patio de luces y finca de Auto Moriz, S.A.; y al Oeste, calle Caballero de la Rosa.

Cuota de participación: 10,70%.

Inscripción: En el Registro de la Propiedad número 3 de los de Logroño, al tomo 1.040, folio 192, finca n.º 26.324.

Referencia catastral: 7016609WN4061N0009JP.

Forma parte de la casa sita en Logroño, en la calle Caballero de la Rosa, n.º 2.

Procediendo la subasta de la finca, conforme al artículo 12 del R.D. 6/2012, se hace saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría a través de una única subasta que se celebrará el día 10 de abril de 2013, a las 10 horas, siendo el tipo base el pactado en la escritura de constitución de hipoteca, esto es ciento setenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y tres euros con doce céntimos de euro (174.853,12 euros).

No obstante, si se presentaran posturas por un importe igual a superior al 70% del valor por el que el bien hubiera salido a subasta, se entenderá adjudicada la finca a quien presente la mejor postura.

Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al 70% del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70% del valor de tasación o que, aún inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca por importe igual o superior al 60% del valor de tasación.

Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50% del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60% del valor de tasación.

Si el acreedor no hiciere uso de la facultad a que se refiere el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el artículo 236.n) del Reglamento Hipotecario.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la subasta, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.

Logroño, 28 de febrero de 2013.- Notario, Tomás Sobrino González.

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