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Documento BOE-B-2013-8775

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2013, páginas 11701 a 11701 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-8775

TEXTO

Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid

Hago saber: Que en el concurso número 85/2011, promovido por la Procurador Sr. Rodrigo Pascual, en nombre y representación de la concursada Arquitectalia, S.L., se ha dictado con fecha 21 de febrero de 2013 sentencia que, en resumen de su fallo, es del tenor literal siguiente:

1. Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por Arquitectalia, S.L. y que consta unido a las presentes actuaciones con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC.

2. Cesa la Administración concursal en sus funciones de administración y disposición de los bienes de la concursada, continuando en el cargo para llevar a cabo las funciones previstas en el capítulo II del Título VI de la Ley concursal.

3. Se concede a la Administración concursal el plazo de dos meses a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

4. Se acuerda la formación de la sección sexta de calificación del concurso.

5. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se hubiera dado a la resolución que acuerde la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable conforme al art. 168 LC.

Y para que conste y sirva de notificación en legal forma y por medio de edictos expido la presente.

Madrid, 21 de febrero de 2013.- La Secretaria.

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