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Documento BOE-B-2013-890

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2013, páginas 1122 a 1122 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-890

TEXTO

Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000623 /2012 y NIG n.º 07040 47 1 2012 0001001 se ha dictado en fecha 20/11/12 Auto de declaración de concurso del deudor Protecciones Térmicas, S.L., con CIF B-57307357, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Cataluña, 1, 4.º, Ibiza.

2.º-Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3.º-Que el Abogado nombrado Administrador concursal, don Miguel Angel Torres Colomar, con DNI número 41447998C, en fecha 7/01/2013, ha aceptado el cargo.

4.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal c/ Del Mar, 12, 1.º B, 07840, Santa Eulalia del Rio, Ibiza o dirección de correo electrónico adm.concursales@torrescolomar.com, en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 7 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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