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Documento BOE-B-2014-10271

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 2014, páginas 13299 a 13299 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-10271

TEXTO

Edicto

Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1, de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal ordinario voluntario número 8/2012, seguido por AMADO CARDENES, S.A., CIF A35091487, GUILLERMO NAVARRO MARTÍN, con DNI 42865779N, y otros acumulados; se ha dictado resolución, diligencia de ordenación de fecha 10/03/2014, que acuerda la suspensión de las Junta de acreedores en los autos concurso n.º 77/12 de Guillermo Navarro Martín el día 23/05/14, a las 10:00 horas, acumulados a los presentes, y asimismo suspensión en los presentes autos concurso n.º 8/12 para el día 14/03/2014, a las 09:30 horas.

Y señalamiento de la Junta de Acreedores, nuevamente para el próximo 13 de junio de 2014, a las 10:00 horas, en la sala de vistas de este Juzgado.

Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la propuesta de convenio presentada en los términos previstos en el art. 115.3 de la Ley Concursal.

Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en los autos, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 10 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

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