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Documento BOE-B-2014-10586

Anuncio de la Notaría de don Jorge López Navarro de subasta extrajudicial de una finca.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2014, páginas 13764 a 13765 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2014-10586

TEXTO

Jorge López Navarro, Notario de Alicante, perteneciente al Colegio de esta Comunidad Valenciana,

Hago constar: Que en esta Notaría, sita en 03003 Alicante, calle General Lacy, 5, 2.º (teléfono 965985035), se tramita procedimiento de venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, por préstamo concedido para adquisición de vivienda habitual, por la Entidad Paratus AMC España, S.A. (antes GMAC RESIDENTIAL FUNDING CORPORATION EFC, S.A.), a favor de doña Mirella Paola Macollunco Reyes, en relación con la siguiente finca hipotecada:

Número catorce.- Piso primero izquierda, subiendo la escalera tipo B, de la casa número 71, hoy 63, de la calle Aldebarán del bloque de edificios en Alicante, en la citada calle Aldebarán, n.º 69, 71 y 73 (hoy 61, 63 y 65). Referencia Catastro: 7675902YH1477F0014PS.

Inscripción.- Registro de la Propiedad número 3 de Alicante, tomo 1724, libro 1724, folio 12, finca 13.999.

Procediendo la subasta de dicha finca, se hacen saber sus condiciones:

En esta Notaría tendrá lugar: La única subasta el día 6 de mayo de 2014, a las 11,00 horas, siendo el tipo base el pactado en la escritura de constitución del préstamo de 138.050 euros. Si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70% del valor de subasta, se adjudicará la finca a quien presente la mejor postura; no obstante, si la postura presentada fuera inferior al 70% del tipo de subasta, podrán los deudores presentar, en el plazo de 10 días, a un tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70% del valor de tasación o que, aún inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho de la entidad ejecutante. Transcurrido dicho plazo sin que los deudores realicen lo antes previsto, la entidad acreedora podrá pedir, en plazo de cinco días, la adjudicación de la finca, por importe igual o superior al 60% del valor de tasación. En el supuesto de que la entidad acreedora no hiciera uso de dicha facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien hubiera presentado la mejor postura, siempre que la cantidad ofrecida supere el 50% del valor de tasación o siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos. Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá la entidad acreedora, en el plazo de 20 días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60% del valor de tasación.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los arts. 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en esta Notaría de lunes a viernes, de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes, por el sólo hecho de participar en la subasta el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos si el remate se adjudicara a su favor. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al 30% del tipo que corresponda en la subasta, mediante cheque bancario a nombre del notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.

Alicante, 12 de marzo de 2014.- El Notario.

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