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Documento BOE-B-2014-10645

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 25 de marzo de 2014, páginas 13838 a 13839 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-10645

TEXTO

Edicto.

Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de A Coruña anuncia:

Que en el Concurso Voluntario Abreviado núm. 326/11-N, referente a la entidad deudora Planet Sports And Events, S.L., se ha dictado Auto abriendo la fase de liquidación, cuyos hechos y Parte Dispositiva son del tenor literal siguiente;

Auto

En A Coruña a 27 de febrero de 2014.

Hechos

Único.- En fecha 25-05-11 se declaró el concurso voluntario de la entidad Planet Sports And Events, S.L.; por sentencia de 18-05-12 se aprobó el convenio presentado por la deudora.

Por escrito de fecha 25-02-14 Planet Sports And Events, S.L,. puso en conocimiento del Juzgado que no podía atender los pagos comprometidos y obligaciones contraídas tras la aprobación del Convenio adoptado en el presente procedimiento y de conformidad con lo previsto en el artículo 142.3 LC solicitó la apertura de la fase de liquidación con los efectos establecidos en los artículos 145 y siguientes de la LC.

Razonamientos Jurídicos

Primero.- El artículo 142.3 LC establece que el deudor deberá pedir la liquidación cuando, durante la vigencia del convenio, conozca la imposibilidad de cumplir los pagos comprometidos y las obligaciones contraídas con posterioridad a la aprobación de aquel. Presentada la solicitud el juez dictará auto abriendo la fase de liquidación.

Segundo.- Abierta la fase de liquidación procede acordar lo previsto para la misma en los artículos 144, 145, 146, 148 y 163.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Dispongo:

1.- Se abre la fase de liquidación del presente procedimiento concursal respecto de la deudora Planet Sports And Events, S.L.

2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.- Se declara la disolución de la entidad concursada Planet Sports And Events, S.L. y se decreta el cese de su actual órgano de administración, que será sustituido por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta ley.

4.- Inscríbase en los registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose el oportuno mandamiento al Registro Mercantil de A Coruña.

5.- Se acuerda reponer al administrador concursal D. Ignacio González Pereira en el ejercicio de su cargo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145.1 párrafo 2º.

6.- En el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 LC.

7.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo, mediante la fijación de edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el BOE, apercibiendo a los acreedores o persona que acredite un interés legítimo de que disponen de un plazo de diez días contado desde la publicación para personarse y ser parte en la sección en los términos indicados en el artículo 168.2 LC.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, concursada y demás partes personadas, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de reposición sin efectos suspensivos ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, previa constitución de depósito que legalmente corresponda.

Así lo pronuncia, manda y firma SSª. Ilma. D. Roberto Niño Estébanez, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña.- Doy fe.-

El Magistrado Juez.-La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado se expide el presente edicto.

A Coruña, 27 de febrero de 2014.- La Secretaria.

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