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Documento BOE-B-2014-10649

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 25 de marzo de 2014, páginas 13843 a 13843 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-10649

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Alicante, por el presente Hago Saber: Que en el procedimiento Concurso 565/2013 de los seguidos en este Juzgado, de la mercantil Fomento de Gestión Levantino, S.L., con domicilio en Calle Cabañal, n.º 1, El Pinar de Vistahermosa, 03016-Alicante, y C.I.F. número B29736741, inscrita en el Registro Mercantil, se ha dictado auto con fecha 05/02/2014 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Aprobar el plan de liquidación formulado por la administración concursal, al que habrán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa del concurso de acuerdo con lo prevenido supletoriamente por el art. 1749 L.C.

Cualquier oferta se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y se notificará a las partes, otorgando un plazo de diez días por si alguien mejorase la oferta, en cuyo caso se celebrará una licitación entre las ofertas presentadas.

Si no hubiese ninguna oferta se celebrará subasta pública.

La administración concursal, cada Tres Meses desde la apertura de la fase de liquidación, deberá presentar informe sobre el estado de las operaciones (art. 152 LC).

Le alcanzarán a la administración concursal las responsabilidades expresadas en los arts. 151, 152 y 153 LC.

Procédase a la formación de la sección sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la Admon. Concursal la fecha de expiración del plazo de personación de interesados para, vencido el mismo, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe recurso de apelación, a interponer ante este Juzgado en el plazo de 20 días (art. 148 LC).

Para la apelación será necesario el previo depósito de la suma de 50€ que deberá ingresar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones Judiciales abierta en Banesto a nombre de este Juzgado. N.º de Cuenta: 2732 0000 10 (N.º de Demanda) (Año) y como concepto de "pago recurso de apelación" sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma D. Salvador Calero García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.

El Magistrado-Juez La Secretaria

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente en

Alicante, 5 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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