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Documento BOE-B-2014-10705

SANTANDER

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 25 de marzo de 2014, páginas 13901 a 13901 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-10705

TEXTO

Edicto

Doña María de las Nieves García Pérez, Secretario/a judicial del Juzgado Mercantil n.º 1,

Hago saber;

Que en el Concurso Ordinario 368/2012, por Auto de fecha 14 de febrero de 2014, se ha acordado lo siguiente:

1.- Se abre la fase de liquidación de la concursada, con los efectos previstos en el art. 142 y siguientes de la L.C. suspendiéndose la Junta de Acreedores señalada para el día 20 de febrero de 2014.

2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.- De conformidad con el art. 145.3 LC se declara la disolución de la concursada PROMOCIÓN DE VIVIENDAS REMPAR, S.L., acordándose el cese de sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

4.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el art. 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.

5.- Dese a la apertura de la fase de liquidación la publicidad establecida en los arts. 23 y 24 LC.

Publíquese la presente resolución en la página web del TSJ de Cantabria a efectos meramente informativos.

6.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

Y para que sirva de notificación en el Boletín Oficial del Estado expido el presente;

Santander, 14 de febrero de 2013.- El/la Secretario.

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