Edicto dando publicidad a la declaracion de concurso
Francisco Velasco García-Plata Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:
Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de, les Corts Catalnes n.º 111 Edificio C, 1.2.ª planta.
Número de asunto.- Concurso necesario 206/2013 7.ª
Tipo de concurso.- Necesario
Entidad concursada Y NIF.- D.Joan Cots Fargas, DNI 33.940746Z
Fecha del auto de declaración.- 04/03/2014.
Administradores concursales.- D.ª Miriam Magdalena Camara, con NIF 45498406J domiciliada en Terrassa, C/ Font Vella, 82, 2.º, 2.ª, como abogada, con correo electrónico miriam.magdalena@aseam.es
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Régimen de las facultades de la concursada: Suspendidas
Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración cocursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Dado en Barcelona a, 5 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.
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