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Documento BOE-B-2014-10946

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 27 de marzo de 2014, páginas 14228 a 14228 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-10946

TEXTO

D.ª María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1º.- Que en la Sección I de Declaración de Concurso de los autos de Concurso Abreviado Voluntario seguidos en este órgano judicial con el n.º 569/2009 se ha dictado en fecha 10/11/10 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de el deudor D. "JUAN RUIZ ROMERO", con DNI/NIF. n.º 70.636.171-C, y domicilio en Paseo de la Estación, n.º 66. 1.º-B de Valdepeñas (Ciudad Real), cuyo centro de intereses principales lo tiene también en la citada localidad de Valdepeñas.

2º.- Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad deudora sobre su patrimonio que seguirá ejerciendo el deudor, quedando sometida en el ejercicio de éstas a la autorización o conformidad del/de los Administrador/es Concursal/es designado/s.

3º.- Se ha designado Administradora Concursal a doña Cristina Marín de la Rubia, de profesión Letrada, n.º 2453 del Colegio de Abogados de Ciudad Real, con DNI: 52385039-D, con domicilio profesional en C/ Ciruela, n.º 2, ático, CP. 13002, de Ciudad Real, y cuya dirección electrónica es: cmarinabogada@ gmail.com, domicilios éstos que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

6º.- A su vez éstos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la L.C., podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).

7º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 20 de marzo de 2014.- Secretaria Judicial.

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