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Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento número 731/12-5, incidente concursal 1229/13, referente a los deudores "Dexter y Celer, S.L." (CIF B91108506), "Dexter y Celer Rehabilitaciones, S.L." (CIF B91271965) y "Celer Works, S.L." (CIF B91314443), por auto de fecha 24 de febrero de 2014 se ha acordado lo siguiente:
1. La conclusión del proceso concursal de "Dexter y Celer, S.L.", "Dexter y Celer Rehabilitaciones, S.L." y "Celer Works, S.L.", llevado en este mismo Juzgado con el número 731/12. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2. El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este Juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3. La declaración de extinción de las sociedades "Dexter y Celer, S.L.", "Dexter y Celer Rehabilitaciones, S.L." y "Celer Works, S.L." y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 17 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.
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