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Documento BOE-B-2014-11195

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 29 de marzo de 2014, páginas 14572 a 14572 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-11195

TEXTO

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Hace saber: Que en el procedimiento concursal 81/2014, seguido a instancias del Procurador Don Armando Curbelo Ortega, en nombre y representación de Dña. Margarita Rosa Wood Marrero, se ha dictado Auto de declaración de concurso voluntario de la Herencia Yacente de Dña. Antonia Marrero Rodríguez, el día 7 de marzo de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la Herencia Yacente de Dna. Antonia Marrero Rodríguez, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administradora del concurso a Dña. Ana Berta de la Guardia Salom, titulada mercantil, la cual ha designado como domicilio postal el de Calle Clavel, n.º 2, esquina Triana, n.º 44, piso 2.º, 35002 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928330400 y FAX 928330850, así como dirección electrónica concursoantoniamarrero@abeco-group.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del solicitante respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 17 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.

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