Está Vd. en

Documento BOE-B-2014-1145

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2014, páginas 1503 a 1503 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-1145

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 853/2013 en el que se ha dictado con fecha 21 de noviembre de 2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad Inmobiliaria del Ges, S.A., con CIF A08948697, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019 – 47 – 1 – 2013 – 8006056.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Inmobiliaria Del Ges, S.A. con domicilio en Cami Antic de Sant Cugat, 25, de Cerdanyola del Vallés.

Administrador concursal: "Alhos Concursal, S.L.P.", con domicilio en C. Tuset, 32, 9.ª, de Barcelona con correo electrónico iges.853-13@alhosgroup.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para la administración concursal practique cuantas comunicaciones resultes necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 21 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid